4 de mayo de 2009

Nombramiento de Directores y Jefes de Estudios de centros de nueva creación.



Carta al Señor Delegado de Educación.

Como Secretario Provincial del Partido Andalucista, próximo a cumplir mi primer año en el cargo, me dirijo a usted, una vez cumplido su primer trimestre al frente de la Delegación Provincial de Educación, para mostrarle mi preocupación por un asunto controvertido durante muchos años y que, en opinión de la ejecutiva provincial del Partido Andalucista, la actuación tradicional de esa Delegación no se ajusta a la legalidad vigente. Es por ello que queremos compartir con usted el problema, dado que usted es nuevo en el puesto y, por tanto, no responsable de lo que otros hayan hecho.
El asunto es que se han venido nombrando “a dedo” Directores y Jefes de Estudio adjuntos para la puesta en marcha de diferentes Centros docentes de Málaga y provincia.
La Constitución Española, en su artículo 103.3, consagra los principios de mérito y capacidad para el acceso a la función pública:
3. La Ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.
El acceso y la promoción dentro de la carrera profesional, habrá de realizarse dentro del principio de igualdad, del artículo 14 de la misma Norma Fundamental, así como del principio de publicidad, recogido permanentemente en la legislación administrativa.
De otra parte, el Tribunal Supremo, en un buen número de sentencias de 2007 y 2008 (la mayoría referidas al Ayuntamiento de Gijón) ha sentado una jurisprudencia incontestable al concluir que los “cargos eventuales o de confianza” no pueden realizar funciones propias de los funcionarios de la Administración en cuestión, lo que es lógico, pues de contrario, los principios constitucionales antes referidos se tornarían virtuales, pues los responsables públicos contratarían y promocionarán a sus “amiguetes”, en los que tendrían supuestamente más “confianza”.

Así pues, ningún nombramiento, ni circular, ni orden, ni reglamento, ni ley puede oponerse a lo estatuido en nuestra Constitución. De este modo, vamos a exigir que se cumpla la Ley y que ese grupito nómada de “desertores de la tiza” se dediquen a dar clases, que es para lo que opositaron, y si quieren optar a un cargo directivo, que compitan en buena lid con todos los candidatos interesados, de forma que el/la que tenga mayores méritos y capacidad sea el/la rector/a del Centro Educativo en cuestión, como por otra parte se viene realizando en otras provincias de nuestra comunidad, como es el caso de Huelva, en la que las plazas de director de los nuevos centros salen a concurso público.
No parece lógico, aparte de ilegal, que ese grupito vaya usurpando el derecho de otros, por el mero hecho de tener “enchufe” en la Delegación. Lo lógico es que cuando se abra una Extensión (centro con varias unidades), sea el Director del Centro de origen (como especifica la normativa) el que nombre al Jefe de Estudios Adjuntos de entre los profesores del Centro, con la acreditación reglamentaria, y en caso de que no se cubra, que se oferte públicamente la plaza en Comisión de Servicios a todo el que, reuniendo los requisitos legales esté interesado en ella. Este cargo es algo reservado para funcionarios docentes, en general, con la debida acreditación, y no se necesita estar investido de ninguna cualidad “de amistad, enchufe o militancia” para desempeñar adecuadamente el mismo.
Igual ocurre con los Directores de los Centros de nueva creación. Lo lógico es contar con el profesorado del centro de origen que se desplace a la Extensión o al nuevo Centro que recoja los alumnos del de origen, y en su defecto, que se oferte la plaza, de acuerdo con las fuerzas sindicales y con la normativa vigente.
Le ruego encarecidamente se tome el debido interés en el tema que le comento, de forma que, entre todos, hagamos un mundo más justo y solidario. El flamante Presidente de la Junta de Andalucía se refirió días antes de su toma de posesión a la necesidad de hacer cumplir los principios de “igualdad, mérito y formación” en el acceso a la función pública y en la promoción de la carrera profesional. No olvidemos que el desempeño de cargos directivos, aparte de la “deserción de la tiza”, supone no sólo importantes incrementos salariales y consolidación de determinados porcentajes del Complemento específico, sino puntos para la promoción interna, traslados, etc.
Quedamos a su entera disposición para lo que esté en nuestras manos, al tiempo que vigilaremos el cumplimiento de la Ley en el asunto que nos ocupa, elevando a la Fiscalía cualquier anomalía que detectemos en el particular, al tiempo que invitaremos al profesorado a que nos denuncien cualquier infracción en los términos del presente escrito.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para ofrecerle el testimonio de mi consideración más distinguida.


Málaga a 22 de Abril de 2009

Fdo: Salvador López González
(Secretario Provincial del Partido Andalucista de Málaga)

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